OAXACA, Oax. (sucedióenoaxaca.com).- El Estado está llamado a fomentar “de manera privilegiada” aquellas manifestaciones culturales o expresión musical en la que tienen participación los niños, considerando que dichas manifestaciones son las inherentes a la historia, arte, tradiciones, prácticas y conocimiento que los identifica como grupo, pueblo y comunidad, sostuvo la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), en respuesta a una queja por trato discriminatorio hacia una institución de música tradicional, por parte de la Secretaría de las Culturas y las Artes de Oaxaca (Seculta).
Así lo indica la resolución emitida el pasado 13 de febrero, del expediente DDHPO/1877/(01)/OAX/2019, abierto hace seis meses cuando el maestro Nathanael Lorenzo Hernández presentó una queja contra la Seculta por trato discriminatorio, ya que mientras a grupos musicales como los “Ángeles azules” les cubrieron 3.6 millones pesos por presentación en la Guelaguetza 2019, a bandas de música locales, como la del Instituto Intercultural Calmécac que él dirige, se le pidió bajar su cotización de 85 mil a 75 mil pesos, argumentando escasez de presupuesto.
La Seculta, a través de su representante jurídica, señaló que a los “Ángeles azules” se les pagó “un monto diferente al pactado con el quejoso en razón de la fama internacional que tiene la agrupación, los gastos de traslado originados por los integrantes de la agrupación aludida y demás servicios contratados para su presentación, lo que no obedece a un trato discriminatorio”.
La DDHPO, expuso en su resolución que el artículo sexto fracción IX de la Ley de Desarrollo Cultural para el Estado de Oaxaca obliga a la Seculta a establecer e impulsar un sistema de información cultural integral a fin de difundir los catálogos de artistas, registro de creadores y promotores, gestores, bienes y servicios culturales, así como de espacios físicos y virtuales, entre otros, por lo que no solo debe fomentar de manera privilegiada las expresiones locales, sino además difundirlas preponderantemente.
En el mismo documento, la Defensoría cita como argumento de su resolución la Declaración de Hangzhou, República Popular de China, que “Coloca a la Cultura en el Centro de las Políticas de Desarrollo Sostenible adoptada por la Unesco” y que desde 2013 manifiesta que “es clara la urgencia de garantizar los derechos culturales, el acceso a los bienes y servicios culturales, la libre participación de la vida cultural y la libertad de expresión artística, como elementos fundamentales para forjar sociedades inclusivas y equitativas”.
La misma declaratoria, establece que los valores y prácticas culturales, incluidos los de las minorías y los pueblos indígenas, deben integrarse a los programas educativos y de comunicación, además de “protegerse y recibir el reconocimiento adecuado”.
Finalmente, la DDHPO emitió a la Seculta una “Propuesta de conciliación” que plantea cuatro puntos: que incluya y priorice la participación de niñas, niños y jóvenes de comunidades indígenas en la producción de contenidos culturales; que adopte acciones con apoyos, estímulos y becas para producciones culturales de artistas oaxaqueños; que adopte programas para la mejora de la financiación en la cultura para niñas, niños y jóvenes indígenas, y que dé cumplimiento a las reglas de operación de los Programas Culturales del ejercicio fiscal 2020.
El órgano autónomo otorgó diez días hábiles para que la Seculta dé respuesta por escrito a la aceptación o negativa de dicha propuesta de conciliación, y en su caso, “deberá enviar las pruebas que acrediten su cumplimiento.
Aquí la resolución completa para consulta: